|
Consultorio
Jurídico por Marcos Carrasco |
|
|
Consultorio
Jurídico por Marcos Carrasco
|
|
|
Derecho
a los alimentos de un hijo mayor de edad
Me llamo Lucía y espero que podáis
asesorarme,
Tengo 31 años y somos seis hermanos. El tema es que cuando
yo tenía 9 años mi padre nos abandonó. En aquel
momento, mi madre se quedó con cinco hijos y embarazada de
tres meses de mi hermano pequeño, que ahora tiene 22 años,
y por supuesto en aquel momento mi madre no trabajaba. Menos mal que
estaban mis abuelos maternos si no, no sé que habría
sido de nosotros... El caso es que él se fue y nunca más
quiso saber de nosotros.
Un abogado de oficio nos ayudó para que nos pasara una manutención,
pero todo fue sin éxito, incluso la Guardia Civil fue a buscarle
a su domicilio (vive en Benidorm y nosotros en Barcelona) y lo único
que conseguimos fue que nos diera en aquella época 200.000
pesetas, claro, eso después de llamar a mi madre y amenazarla
y después de insultar a su hija de 14 años (insultos
muy graves) por teléfono...
Y el caso es que mi hermano pequeño (que ni siquiera lo conoce),
ahora que tiene más conocimiento y se da cuenta de todo lo
que hemos pasado, que lo hemos pasado muy mal, aunque sólo
económicamente, ya que aunque mi madre en cuanto él
se fue se puso a trabajar (embarazada) limpiando alcantarillas en
el Ayuntamiento de Sabadell. Evidentemente, su sueldo no mantenía
una casa y a una madre sola con seis hijos,... Pues ahora ha decidido
que se va a mover para reclamarle todo lo que no nos dio o lo que
sea que se le pueda reclamar. Ya que el motivo de que nunca nos ayudara,
al menos económicamente, no era que no tenía dinero,
ya que él es constructor de obras y durante toda su vida se
ha ganado muy bien la vida... sino que todo, todo, todo lo que tenía
lo puso a nombre de la señora con la que se fue cuando nos
abandonó; así que, él (teóricamente) no
tenía dinero. De todo esto estamos al tanto gracias a la hermana
de mi padre (mi tía), persona a la que le debemos mucho, ya
que ella sí que ha estado con nosotros y ha ayudando a mi madre
durante todos estos años.
Mi pregunta es si realmente mi hermano siendo mayor de edad y, por
suerte, teniendo un trabajo y todas esas cosas... ¿puede reclamar
algo?
Después de todo lo que hemos pasado no me gustaría que
se metiera en este lío para total no poder hacer nada (no me
gustaría que reviviera cosas del pasado en balde).
Les agradecería de todo corazón que ayudaran a resolver
estas dudas, ya que creo que son cosas serias e importantes.
Muchísimas gracias de antemano,
Lucía.
|
|
|
Hola Lucía:
Yo siempre he pensado que el amor entre padres e hijos es un invento
del Corte Inglés para vender colonias y corbatas. Antiguamente
no se daba con la profusión que se da hoy en día, que
parece que es obligatorio y eran casos aislados que, como Edipo, merecieron
ser puestos por escrito para que la gente viera sus peligros.
Supongo que debido a los tiempos en los que ocurrió ya que
hablas de abandono, no existe una sentencia de separación o
divorcio, lo que facilitaría las cosas. Los padres tienen la
obligación, según el Código Civil, de dar alimentos
a los hijos (no ves, si naciera del corazón nadie lo pondría
en una ley). Existen Sentencias curiosas que han obligado a los padres
a mantener a un hijo con 35 años en su casa y pagándole
una cantidad mensual hasta que pueda mantenerse por sí solo.
Pero son casos aislados (si no, nadie saldría de su casa a
buscarse un trabajo).
Si hubiera una sentencia de separación o divorcio que le obligara
a pasar una cantidad mensual, podríais haberle denunciado en
su día por incumplir una orden judicial (además de por
abandono), pero creo que hoy ambos delitos estarían ya prescritos.
Del mismo modo, existiendo una obligación de pago, se le podría
reclamar los cinco últimos años que no hubiera pagado
(lo anterior también habría prescrito).
Pero sin una obligación judicial creo que sería muy
complicado solicitar ninguna cantidad, porque nadie está en
deuda si no hay una obligación de pago. Y el derecho a los
alimentos es una obligación genérica que no tiene virtualidad
si un Juez no determina que existe esa obligación y la cuantifica.
Si no, nada de nada, aunque seguís siendo sus hijos y tendréis
derecho a su herencia si esa mala pécora os deja algo.
De todas formas, el Juez de esa Sentencia era de Barcelona. Podéis
intentarlo, a lo mejor os toca y tenéis suerte.
|
|
|
Supuesto
practico de oposición en la Policía Local
Hola
me acabo de examinar para ascenso en la Policía Local y me
han puesto en el examen un supuesto que a grosso modo se desarrolla
así:
Un chico entra en un comercio, compra algo e intenta pagar con un
billete falso de 50 euros. En el comercio se dan cuenta y, al ir a
llamar a la policía, el chico sale corriendo y aprovecha que
en la calle una chica se baja de un ciclomotor (de 15 años
de antigüedad), el chico lo coge y se va con el ciclomotor.
Unas cuatro horas más tarde, una patrulla ve que un chico de
sus características deja un ciclomotor sin enganchar y se monta
en un turismo que no lleva matrículas. Cuando se le intercepta,
lleva en el vehículo un billete de diez euros y uno de veinte
falsos, como él que intentó dar en el comercio. También
lleva en el vehículo un bate de béisbol.
Me pidieron desarrollar, como policía, paso a paso lo que se
debería ir haciendo. Las faltas penales y administrativas y
el procedimiento a seguir en cada caso.
Me gustaría saber jurídicamente como puedo enfrentar
el tema, pues es un supuesto de una valoración muy subjetiva.
Por cierto, me han suspendido. Y también me gustaría
saber si hay delitos conexos o concurso de delitos, si procede detención,
etc.
Si necesitáis más datos, los puedo dar.
Espero vuestra respuesta, pues tengo pocos días para intentar
cuestionar la valoración que oficialmente se hizo de este supuesto.
Un saludo y agradecida de antemano.
Clara.
|
|
|
Hola Clara:
Me sorprende tu pregunta. No sabía que a los policías
municipales les enseñaran derecho antes de darle la pistola.
El estrés que padecen debe de producirles amnesia casi enseguida.
No sé si sabré contestarte, porque desde estas páginas
me estoy reconvirtiendo es especialista en extranjería y herencias,
pero lo intentaré.
En principio, el chico estaría cometiendo un delito de falsificación
de moneda (si lo ha hecho él o si se trata de un "repartidor"),
o una falta si lo recibió de buena fe y lo intentó colar
posteriormente (ya que son menos de 400 €). Yo optaría
por lo primero, si solo tenía billetes falsos, pero cualquier
abogado intentaría que se le juzgara como falta por falta de
pruebas de lo primero. Posteriormente comete una falta de uso de vehículo
de motor (ya que no tiene intención de apropiárselo
y seguro que vale menos de 400 €, salvo que sea un clásico),
y supongo que si algún policía se empeña, podría
tener una sanción administrativa por tener un bate de béisbol
(aunque a mí me parezca un deporte aburrido no me parece lógico
multar a los que lo practiquen, y seguro que varios primos y amigos
del barrio van a declarar que todos los domingos quedan para echar
unas partidas).
Yo no veo concurso de delitos, ya que unos y otros se desarrollan
de forma continuada por el mismo sujeto pero sin que unos sean un
paso necesario para realizar los otros, ni hayan sido preconcebidos
dentro de un plan. (Tendría que haber consultado a un vidente
para saber cuándo iban a dejar la moto delante de la tienda,
y a uno mejor para saber que la policía le iba a coger cuando
la dejara él).
Con los demás temas de papeleo, detención etc.
,
no puedo ayudarte ya que después de años de ejercicio
aún sigo sin saber cuándo pueden detener a alguien y
cuando no.
|
|
|
Adegüello
no se hace responsable de las opiniones y consultas de los lectores.
|
|
|
|
|
|
|